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Intervención de Luis Alejandro Pedraza en la comisión de aplicación de normas. Caso Guatemala

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Interviene: Luis Alejandro Pedraza, presidente de la CUT Colombia

CIT 106-2017 (Junio 14)

Señor presidente,

Hablaré en nombre de los trabajadores y trabajadoras de Colombia, quienes hemos decidido intervenir en el caso de Guatemala, país que como el nuestro, cuenta con el vergonzoso reconocimiento internacional en razón a la violación de los derechos laborales y especialmente sindicales; de hecho, en el índice Global de los derechos de la CSI, publicado el día de ayer precisamente Colombia y Guatemala son los únicos dos países de América con un lugar dentro de los 10 peores países del mundo para los trabajadores y trabajadoras.

La situación de estabilidad laboral, salarios, protección social, salud y seguridad en el trabajo son lejanas en Guatemala del Trabajo Decente, aun más, el ejercicio de la libertad sindical como la forma de defender todos éstos y como derecho fundamental en sí mismo, encuentra en éste y en nuestro país, el peor escenario, caracterizado por la imposibilidad legal para la constitución libre de sindicatos, discriminación antisindical concretada en despidos de trabajadores que constituyen organizaciones sindicales, violencia antisindical perpetrada desde agresiones físicas, secuestros, amenazas y finalmente asesinatos.

En Guatemala, como en Colombia, pese a que se hayan ratificado todos los Convenios fundamentales de la OIT, y otra gran cantidad de Convenios Internacionales, la legislación contradice sus contenidos y la práctica los desconoce absolutamente. Guatemala ha sido objeto de 22 discusiones de la Comisión de Aplicación de Normas en los últimos 25 años, objeto de múltiples y reiteradas observaciones de la comisión de expertos, tiene 20 casos abiertos en el Comité de Libertad Sindical, 10 casos en seguimiento, y se han tratado allí más de 78 casos más y otros procedimientos especiales en OIT, y aun así el Gobierno se rehúsa a hacer cambios reales. Situación similar a la colombiana, con múltiples llamados en esta comisión de aplicación de normas por los convenios de libertad sindical, sendas observaciones de la comisión de expertos y con el mayor número de casos en el Comité de Libertad Sindical, del mundo, y mantenida reticencia del Gobierno a realizar los cambios necesarios.

El Gobierno ha pretendido ocultar asesinatos antisindicales, considerándolos como casos de delincuencia común, tal y como en Colombia durante años se negaron los homicidios antisindicales con la excusa de ser casos de muertes derivadas del conflicto armado.

84 compañeros y compañeras sindicalistas han sido asesinados en Guatemala desde el año 2005, y en Colombia 147 durante los últimos 7 años, por lo cual somos testigos de que esta violencia antisindical genera un ambiente que sanciona a quienes ejercen su derecho a la sindicalización y garantiza que los demás trabajadores desistan de su intensión de sindicalizarse.

Los asesinatos de afiliados o dirigentes sindicales no son penalizados de manera efectiva ni son evitados nuevos asesinatos. La impunidad en Guatemala como en Colombia, es imperante. La Comisión de Aplicación de Normas del año pasado recomendó al Gobierno de Guatemala, investigar todos los actos de violencia contra dirigentes sindicales y sindicalistas, teniendo como un criterio especial para las investigaciones, las actividades sindicales de las víctimas; pero lo que ha ocurrido es que la mayoría de los casos aún no cuenta con sentencias, así lo ha  evidenciado incluso el Comité de Libertad Sindical que ha mencionado en su informe de junio de 2016 que “de los casos respecto de los cuales ya se han identificado indicios de posible móvil antisindical no han dado lugar ni a sentencias condenatorias ni a avances significativos en las investigaciones, especialmente en cuanto a los autores intelectuales de los hechos”.

Esta misma Comisión, pidió hace un año al Gobierno de Guatemala  presentar antes del mes de septiembre un proyecto de ley que adecuara la legislación de Guatemala conforme a lo dicho por los órganos de control de OIT, pero, también como ocurre en Colombia, el Gobierno reitera su “compromiso” de adecuación normativa pero hace caso omiso a tal responsabilidad de manera reiterada, manteniendo incólumes en sus legislaciones internas, obstáculos a la libertad sindical y contrarios al Convenio 87, ampliamente reprochados por la Comisión de Expertos de OIT y por el Comité de Libertad Sindical.

Los trabajadores de Colombia reiteramos nuestra solidaridad con los trabajadores guatemaltecos y de manera respetuosa sugerimos a la Comisión requerir del Gobierno de Guatemala:

-Brindar más y mejores protecciones a los dirigentes sindicales,

-Adecuar, en consulta eficaz con las organizaciones representativas de trabajadores, su legislación, conforme a las observaciones de los expertos.

-Tomar todas las medidas necesarias para la investigación de los crímenes cometidos contra sindicalistas y develar el verdadero ánimo que éstos han revestido, así como penalizar a los autores materiales e intelectuales con penas ejemplificantes

-Seguir fortaleciendo los mecanismos especiales de tratamiento de conflictos de libertad sindical y negociación colectiva.

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