Respetados Representantes a la Cámara
Al desarrollar el derecho a la Formación Profesional consignado en el artículo 54 de la C.P., la Ley de Iniciativa Popular 119/94 es inequívoca al fijar a los trabajadores como destinatarios de la acción del SENA: “Artículo 2: MISIÓN: El SENA está encargado de cumplir la función que corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos mediante el ofrecimiento y ejecución de la Formación Profesional Integral (…) (subrayamos). Por la naturaleza de su actividad y tal como las entidades homólogas en otros países, lo hace mediante una institucionalidad adscrita al Ministerio del Trabajo (“Protección” en Colombia), que administra recursos cedidos para tal efecto por los trabajadores (1957) y los empleadores (1963), bajo la figura de la actual “parafiscalidad” (para una actividad en beneficio exclusivo del grupo contribuyente).
Sin embargo, más interesado en liberar recursos con destino a las “sostenibilidades fiscal y de la deuda pública”, el Banco Mundial clasifica a la parafiscalidad como otra “inflexibilidad” que debe limitarse o flexibilizarse, sometiendo a la “Unidad de caja” o a la adición de “nuevas funciones” a las entidades que las administran. Al SENA le han obligado a ceder recursos o atender funciones de SENALDE (a la postre suprimido y entregadas sus funciones al SENA), al Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología y, por diversos mecanismos, al Ministerio de Educación Nacional – MEN.
Pero aparte de estas violaciones de las normas y los desvíos presupuestales referidos, el anterior gobierno promovió medidas que parecen ignorar una verdad delicada y elemental, de la que la pedagogía y la psicología se han ocupado: no es lo mismo formar laboralmente a los trabajadores que atender la educación superior o la educación de los niños y adolescentes colombianos. Los severos efectos de estas medidas han sido ya evaluadas (Gómez Victor Manuel, 2009), pero para ese gobierno pesó más la imposición de las agencias multilaterales de crédito que los derechos de trabajadores y campesinos, y las inconveniencias de una formación dual (laboral, teórico/práctica), calificando como “aspavientos” académicos los reparos de los especialistas. Los reclamos de estudiantes y trabajadores al respecto también eran considerados por los funcionarios del SENA con los mismos calificativos que las “Águilas Negras Bloque SENA”: como propios de las “fuerzas oscuras del país”.
Infortunadamente, aupados por el actual gobierno, algunos congresistas pretenden consagrar legalmente el grave desvío misional del SENA ya inducido, ocasionándole irreparable daño al SENA, al propio sistema educativo general (la educación formal) y a sus distintas poblaciones objeto, hoy diferenciadas en los subsistemas del aparato educativo.
Para preocupación del país y de los organismos internacionales relacionados con la educación, se someterá a los niños y adolescentes de estratos populares a una única alternativa de “formación”/producción, usurpando para ello recursos económicos, humanos, físicos y parafiscales, sacrificando así la formación de trabajadores y campesinos, para condenar a los adolescentes a una laboralización temprana.
Una novísima y simplista justificación de la medida, alega que ya desde hoy encontramos niños y adolescentes trabajando en galerías y plazas de mercado del país. Con semejante concepción, mientras otros países intentan retener a los niños y adolescentes en el sistema escolar, y universalizar no sólo la educación básica y aún la superior pública, en Colombia bien podríamos bajo los nuevos aires pedagógicos de algunos congresistas y funcionarios del gobierno de Juan Manuel Santos, podríamos llegar a ofrecer cursos de ventas a los niños que ofrecen baratijas en los semáforos del país, “a la medida” de sus precarias escolaridad y actividades “económicas”.
UN cambio de adscripción del SENA (funcional a lo aquí denunciado), el cobro del 80% de sus cursos –ambos propósitos incluidos en el proyecto de Plan Nacional de Desarrollo−, la merma de sus rentas parafiscales y la desviación de la parafiscalidad y de la misión del SENA ya explicada, corren hoy por cuenta de Proyectos de Ley Nos. 052,054, 057/2010 de Cámara de Representantes y 166/2010 de Senado.
La Central Unitaria de Trabajadores demanda el archivo inmediato de los mencionados proyectos, por inconvenientes, inconstitucionales y/o violatorios de Convenios Internacionales sobre los derechos de los niños, e invita al Congreso y al gobierno nacional a habilitar un espacio de elaboración sobre los temas de la Formación Profesional, la Educación Media Técnica y la Formación para el Trabajo, con participación de instancias especializadas, representantes d
e los trabajadores y empleadores y de las organizaciones universitarias y del magisterio concernidas en los temas abordados. Para el efecto, solicitamos retomar los acuerdos de la Mesa de Concertación Laboral, de tal año (creo que en un periódico de SINDESENA donde aparece un candado, está la fecha).
Bogotá, noviembre 26 de 2010
TARCISIO MORA GODOY DOMINGO TOVAR ARRIETA
Presidente Secretario General