Doctora
MARÍA CLAUDIA GARCÍA
Directora (e)
Señores/as:
CONSEJO DIRECTIVO
INSTITUTO DE HIDROLOGÍA, METEOROLOGÍA Y
ESTUDIOS AMBIENTALES-IDEAM
Bogotá, D.C.
Asunto: Petición de ampliación de personal
Respetados Doctores/as;
La CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES DE COLOMBIA-CUT, la organización sindical de tercer grado más importante de Colombia, a la que se encuentran afiliado el Sindicato de trabajadores del IDEAM-SINTRAIDEAM, les presenta un respetuoso saludo.
En consecuencia con nuestra labor de defensa de derechos laborales y especialmente sindicales, venimos haciendo seguimiento a las denuncias presentadas por nuestros sindicatos filiales sobre las formas de contratación del personal en las entidades donde tienen presencia, como lo es el IDEAM.
El pasado 01 de noviembre, respetuosamente dirigimos una petición a la Dra. María Claudia García solicitándole iniciar concertadamente con Sintraideam, el proceso de ampliación de la planta de personal en la entidad. Simultáneamente el sindicato, en uso legítimo y legal de los derechos relacionados con la Libertad Sindical, denunció públicamente (por medio de carteleras en las instalaciones de la entidad) el desconocimiento de los derechos laborales que se viene presentando con la contratación terciarizada o por medio de contratos de prestación de servicios, que se viene dando -a nuestro entender- irregularmente en la entidad.
El día de hoy recibimos extrañados un supuesto “comunicado oficial” de la Dirección General y Secretaría General del IDEAM donde afirman que las carteleras que publicó Sintraideam contienen “calificativos de índole calumnioso y difamatorio”, que las denuncias allí contenidas debieron haber ido acompañadas con “pruebas contundentes y necesarias” so pena de incurrir en calumnia e injuria. Sostiene el comunicado que Sintraideam con ello extralimitó su libertad sindical y solicita que Sintraideam retire los avisos inmediatamente.
Sobre esto manifestamos:
Nuestra preocupación y extrañeza frente al hecho de que la administración circule un supuesto comunicado oficial con contenidos serios en contra de actuaciones del sindicato de la entidad y que éste no cuente con firma alguna, de manera que desconocemos si se trate de un documento oficial o no, pues pudo haber sido escrito por cualquier persona malintencionada.
Que SINTRAIDEAM no excede los límites legales de la Libertad Sindical por dar a conocer a la comunidad en general y especialmente a los trabajadores de la entidad, sobre situaciones de contratación que se vienen presentando y que son verificables fácilmente, de forma tal que se trata del ejercicio legitimo de la libertad de expresión y de poder denunciar posibles afectaciones a los derechos de los trabajadores que representa el sindicato,
Que denunciar, como lo estamos haciendo- formas irregulares de contratación de parte de la entidad, por medio de contratos de prestación de servicios y terciarizados no tipificaría de forma alguna los delitos de injuria y calumnia, máxime cuando con una revisión clara y detallada de la planta de personal de la entidad y de las personas que efectivamente trabajan en ella se evidenciaría la situación que denunciamos, que esto afecta la carrera administrativa y que puede implicar el establecimiento de nóminas paralelas y abuso de la figura del contrato de prestación de servicios.
Que no conocemos soporte del reglamento o normativo que nos prohíba publicar carteleras con información de interés para la comunidad y los trabajadores de la entidad y que nos extraña que la orden de retirarlo no se emita formalmente.
Conforme a lo anterior, la CUT y SINTRAIDEAM de la manera más respetuosa pero enfática, y amparados en el art. 23 de la Constitución Política, pasamos a formular las siguientes:
PETICIONES:
Se nos informe si el supuesto comunicado oficial fue emitido por la entidad y quién sería el funcionario responsable.
Se atienda la solicitud respetuosa que hicimos en escrito radicado el 01 de noviembre de 2012 y del cual anexamos copia.
Se nos entregue la información precisa del personal de la entidad, discriminando: i) Cuantas personas laboran en la entidad; ii) cuantas se encuentran vinculadas por carrera administrativa, iii) cuántas de ellas son provisionales, iv) cuántas de ellas son de libre nombramiento y remoción; v) cuántas de ellas son trabajadoras oficiales; vi) cuántas personas prestan servicios al IDEAM por medio de contrato de prestación de servicios; vii) cuál otro tipo de vinculación tienen personas que laboren o presten servicios a la entidad y cuántas son.
Se nos informe si el IDEAM tiene suscritos contratos para vinculación de personal con Cooperativas de Trabajo Asociado, con Outsourcing, con S. o cualquier otro similar y cuáles son.
Se nos informe cuando se dio la última actualización de planta de personal.
Se nos informe si se encuentra pendiente alguna solicitud del IDEAM de ampliación de planta de personal.
De no poder dar trámite a alguna de nuestras seis peticiones, se nos informe de manera clara y precisa las razones de tal negativa.
Del respeto de los derechos de los trabajadores y de nuestros sindicatos afiliados será garante la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia-CUT.
Nos suscribimos, atentamente,
DOMINGO TOVAR ARRIETA
Presidente
WITNEY CHAVEZ SANCHEZ
Secretario General
HERNAN TRUJILLO TOVAR
Director Dpto de Asuntos Jurídicos
FRANCISCO MALTES TELLO
Director Dpto de Tesorería y Finanzas