Bogotá, 14 de mayo de 2014.
De los 215 pactos colectivos que se firmaron en el 2012 en Colombia, 58 lo fueron en empresas donde existe negociación colectiva, con el resultado de que en el 71% de estas empresas disminuyó drásticamente el número trabajadores sindicalizados; dato que habla del gran avance del Pacto Colectivo en el panorama laboral colombiano, al igual que los llamados Planes de Beneficios, figuras que no solo violan el derecho de asociación y libertad sindical, sino que están debilitando los sindicatos y amenazando su supervivencia.
Ante el tamaño del problema, y en una acción sin precedentes, 50 sindicatos presentarán hoy igual número de querellas al ministro de Trabajo, Rafael Pardo, en el marco de la reunión ordinaria de la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, evento que será precedido de un mitin en las puertas del Ministerio entre las 2 y 3 de la tarde; mitin que contará con la presencia de los presidentes y otros directivos de la CUT y la CTC, las dos centrales que abanderan la iniciativa.
Se pretende mostrar al Ministerio que efectivamente estos pactos se constituyen hoy en un serio y real problema para las organizaciones sindicales; y se le solicitará que aplique el control preferente y disponga del grupo élite especializado para que investigue las empresas donde están vigentes los pactos colectivos denunciados por los sindicatos querellantes.
Además se le recordará que un punto del Plan de Acción Laboral suscrito con Estados Unidos previo a la implementación del TLC, compromete al gobierno colombiano a verificar que los pactos colectivos no se usen para acabar o menguar sindicatos, compromiso que hasta ahora no ha cumplido.
Asimismo, el Gobierno también ha desconocido a la Comisión de Expertos y el Comité de Libertad Sindical de la OIT, que le han recomendado al Estado Colombiano eliminar la norma que permite la coexistencia de pactos colectivos con convenciones colectivas. Colombia es el único país donde se da esta situación, pues la figura del Pacto está consagrada como forma de negociación colectiva y, según sentencia de la Corte Constitucional, puede coexistir con una convención colectiva, siempre y cuando su creación y el proceso de negociación cumpla ciertos requisitos, no supere en beneficios a la convención, y no atente contra el derecho de asociación sindical. Además la Corte sentenció que los planes de beneficios son idénticos a los pactos colectivos.
Para Fabio Arias, Secretario General de la CUT, “la presentación masiva de estas querellas crea un importante precedente en la defensa del derecho de asociación sindical, seriamente afectado por la existencia de los pactos colectivos y planes de beneficios, y por el incumplimiento del gobierno en la tarea de vigilancia y control”.