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Comunicado sobre el proyecto acto legislativo 15 de 2010 Senado

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Tal y como lo hemos venido informando, avanza la discusión en el Congreso de la  República  sobre el proyecto de ley 054 Senado, que fue aprobado en primer debate de Comisión Séptima de Senado, la semana anterior y entrará a plenaria la primera semana de noviembre de 2010. 

Así mismo, en el día de hoy fue aprobado por unanimidad el proyecto de Acto Legislativo 015 Senado, que resuelve en forma definitiva la estabilidad laboral de todos los empleados públicos que hayan laborado como mínimo cinco años continuos al servicio de cualquier institución del Estado. 

Estos dos importantes proyectos han contado con la votación favorable de todas las fuerzas políticas que hacen presencia en el Congreso de la República.  Toda vez que avanzamos en una carrera contra el tiempo, dada la negligencia de la Comisión Nacional del Servicio Civil, de suspender el trámite de la convocatoria 01-2005, se hace urgente que todos los provisionales CONVENZAN  a los congresistas en las regiones, para que voten rápida y favorablemente estos dos proyectos, es decir, antes del 7 de diciembre, deben quedar aprobados en: plenaria de Senado, Comisión de Cámara y Plenaria de Cámara.

 

Bogotá, 27 de octubre de 2010  

 

 

FRANCISCO MALTES TELLO                              MIGUEL FRANCISCO RIOS
Director Dpto Comunicaciones                          Presidente Nacional Sintrenal

   

MARTHA PINEDA GUIO
Presidenta Sindistritales

 

 

TEXTO APROBADO EN PRIMER DEBATE 

Proyecto de Acto Legislativo 15 de 2010 Senado

“Por medio del cual se adiciona en forma transitoria un parágrafo en el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia”.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

 

Artículo 1°. Adiciónese un parágrafo transitorio al artículo 125 de la Constitución política de Colombia, así:

 

PARAGRAFO TRANSITORIO: Con el fin de determinar las calidades de los aspirantes a ingresar a los cargos de carrera, la Comisión Nacional del Servicio Civil o quien haga sus veces, homologará las pruebas de conocimiento establecidas en el concurso público por cinco años de experiencia en el ejercicio del cargo de carrera a los servidores públicos nombrados en calidad de provisionales. Para que opere esta homologación, el servidor público debe estar ejerciendo el empleo en provisionalidad al momento de entrar en vigencia el presente Acto Legislativo y cumplir con las calidades y requisitos exigidas en la Convocatoria del respectivo concurso.  

La Comisión Nacional de Servicio Civil o quien haga sus veces, expedirá los actos administrativos necesarios tendientes a dar cumplimiento a lo establecido en el presente acto legislativo.

 

Artículo 2° El presente acto legislativo rige a partir de su promulgación.

  

 

LUIS CARLOS AVELLANEDA TARAZONA
SENADOR PONENTE.

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