En el marco del conflicto colectivo laboral entre el sindicato Unión Portuaria de Colombia, UPC, Subdirectiva Barrancabermeja y la Sociedad Portuaria Impala Terminals Barrancabermeja SA., se desarrolló la huelga de once (11) días entre el 1º y el 11 de febrero de 2021, frente a la cual el pasado 7 de abril de 2022 el Tribunal Superior de Bucaramanga profirió sentencia de primera instancia declarando su legalidad.
Este fallo judicial es de vital importancia por cuanto representa un triunfo para el movimiento obrero colombiano que, a través de las luchas persistentes, sigue avanzando hacia la materialización y real aplicación de los convenios 87 y 98 de la OIT ratificados por Colombia, así mismo, porque ratifica que el servicio portuario no es un servicio público esencial.
Esta huelga votada cumpliendo con todos los procedimientos de la ley, desafortunadamente fue levantada, no por los trabajadores, sino por una orden absolutamente arbitraria e ilegal del actual ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, que de esa manera se congraciaba con la multinacional Suiza Impala.
Este fallo, entonces, cuestiona tanto el proceder de la multinacional como la del ministro. Cuestiones que deberían propiciar sanciones de oficio a estos representantes.
La CUT y su sindicato filial UPC, seguiremos defendiendo las libertades sindicales en Colombia y muy especialmente, el derecho a la huelga como una herramienta clave en la negociación colectiva.
Llamamos la atención al empresariado y al ministerio a acatar la Constitución y la ley.