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SINSPUBLIC-CUT- En dedefensa de la estabilidad laboral y el cumplimento de los convenios 151 y 154 de la OIT.

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Doctor
FRIDOLE BALLEN DUQUE
Presidente
Comisión Nacional del Servicio Civil
Bogotá, D.C.

Respetado doctor BALLEN:

Reciba nuestro cordial saludo,

Los abajo firmantes, como Directivos del Sindicato de Servidores Públicos del Hospital Universitario del Valle “Evaristo García” E.S.E “SINSPUBLC H.U.V.” y como Directivo de la Central Unitaria de trabajadores – CUT, en aras de aportar elementos de juicio que sirvan a la Comisión para tomar una decisión en relación a la OPEC del Hospital Universitario del Valle “Evaristo García” E.S.E, consideramos importante manifestarle lo siguiente:

Que en febrero de 2001, el Sindicato de Servidores Públicos del Hospital Universitario del Valle “Evaristo García” E.S.E “SINSPUBLC H.U.V.”, presentó Petitorio a la administración del Hospital Universitario del Valle “Evaristo García” en el marco de la Constitución Política de Colombia,  los Convenios 97, 98 y 151 de la Organización Internacional  – OIT, la Convención de Viena en relación al Principio Pacta Sunt Servanda,  las Normas de IUS CONGENS, La Cumbre Social de las naciones Unidas de 1995.

Que las partes con la intermediación del Ministerio del Trabajo, representado por el Ministro de entonces, Dr., Angelino Garzón,  acordaron que el resultado de dicho Petitorio se elevaría a Acuerdo Colectivo de Trabajo, aplicando criterio analógico similar al de la Convención Colectiva y sería ley para las partes.

Que el  05 de septiembre del año 2001,  se finalizó la negociación del petitorio, y el cual se elevó a Acuerdo Colectivo de Trabajo, y fue depositado en el Ministerio del Trabajo.
Que en el Acuerdo Colectivo se firmó un artículo de  vinculo laboral, que garantiza la estabilidad de los Empleados Públicos, sin embargo éste fue vulnerado por la administración al reportar en la OPEC los cargos de aquellos empleados públicos que estaban protegidos por el Acuerdo Colectivo de Trabajo, razón por la cual la organización sindical interpuso queja ante el Comité de Libertad Sindical de la OIT y en la 299° reunión el Consejo de Administración encontró méritos para realizar recomendaciones al Gobierno Colombiano para solucionar el caso e informar al respecto acerca de los avances que se realicen para ello.

En relación a la Obligatoriedad que le asisten a los Estados en el cumplimiento de  las Recomendaciones de la OIT, para el caso de Colombia es importante decir que éstas tienen carácter vinculante pues fueron emitidas por el Consejo de Administración y no por la Conferencia Internacional del Trabajo y así lo ha expresado la Honorable Corte Constitucional en las Sentencias T – 568 de 1999 y la 603 de 2003. De igual manera es importante destacar que al amparo del Art. 93 de la Constitución Política e Colombia los tratados internacionales debidamente ratificados son normar prevalentes y no supletorias, y las autoridades no pueden.

Que la administración del Hospital Universitario del Valle “Evaristo García” ha entendido que:  Las recomendaciones de los órganos de control y vigilancia de la OIT, no pueden ser ignoradas: pues de no subsanar la violación del Acuerdo Colectivo de Trabajo por parte de  la administración  sería una actuación contraria a los tratados internacionales ratificados por el estado Colombiano y a los cuales se hace alusión  en el artículo 93 de la Carta Política de Colombia pues las recomendaciones de la OIT y en especial las emitidas por el Consejo de Administración son  vinculantes y prevalecen en el orden interno, así mismo  tienen  una triple obligación en cabeza de los Estados: deben 1) ser acogidas y aplicadas por las autoridades administrativas; 2) servir de base para la presentación de proyectos legislativos; y 3) orientar el sentido y alcance de las órdenes que el juez de tutela debe impartir para restablecer los derechos violados o amenazados en ése y los casos que sean similares.

“Como  se lo expresamos en la reunión del día 19 de  enero del presente año, se debe tener en cuenta que, el Comité de Libertad Sindical es un órgano de control de la OIT y que confronta las situaciones de hecho que se le presentan o las normas internas de los Estados, con las normas internacionales aplicables según los Tratados ratificados por los Estados involucrados (en este caso, la Constitución de la OIT y los Convenios sobre libertad sindical); luego, formula recomendaciones y las somete al Consejo de Administración, ya que éste es el órgano que puede emitir recomendaciones de carácter vinculante según las normas que rigen la Organización, por tanto, esta recomendación constituye una orden expresa vinculante para el gobierno colombiano del cual hace parte el Hospital Universitario del Valle, por lo tanto  Colombia está obligada, en virtud de su calidad de Estado Parte del Tratado Constitutivo de la OIT, a acatar las recomendaciones del Consejo de Administración.

Por todo lo anterior de la manera más respetuosa le solicitamos tener en cuenta la modificación de la OPEC en lo  que respecta al Hospital Universitario del Valle con base en la certificación expedida por la Jefe de Talento Humano y la cual  envié a su correo.

Importante destacar que la única organización que a nivel nacional,  tiene un Acuerdo Colectivo de este alcance es el Sindicato de Servidores Públicos del Hospital Universitario del Valle “Evaristo García” E.S.E “SINSPUBLC H.U.V.” y de no cumplirlo o argumentar la falta de normatividad no,  podría interpretarse de otra manera el concepto de orden justo, perseguido por la Carta Política, según su preámbulo, ni entenderse de modo diverso el artículo 93 constitucional, a cuyo tenor «los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso son de obligatorio cumplimiento,

No siendo  otra la razón que nos  asiste, atentamente,

 

 

 

 

FRANCISCO MALTES TELLO
Asesor – CUT

 

1 COMENTARIO

  1. Les informó que todos los integrantes de sinspublic HUv sonn unos vividores sinverguenzas que ninguno de ellos hacen turnos ni un sólo día del año y al ver el reporte de nómina les pagan dominicales y festivos cual es la compasión que le tienen a sus compañeros que si trabajan honestamente. Investiguen y tomen medidas.

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