{image}http://imagen.eldia.co/cache/logos/cut_595.jpg{/image}Bogotá, 12 de marzo de 2012
Doctor
JULIO CESAR PALACIO
Director General
Hospital Universitario Clínica San Rafael
Carrera 8ª 17-45 Sur
Bogotá, D.C.
Respetado doctor PALACIO:
En nombre del Comité Ejecutivo de la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia, CUT, reciba atento saludo.
La Constitución Política Nacional señala el derecho de asociación sindical, como un derecho fundamental, que puede ser ejercido cuando los trabajadores lo consideren necesario en defensa de sus intereses.
Este derecho goza, también, de la protección internacional, expresada en varios convenios de la OIT, como el 87 y 98, normas nacionales como la Ley 1453 de 2011, que en su Artículo 200, consagra pena de prisión y multa millonarias a quienes impidan el ejercicio de la libertad sindical.
En ese orden, comedidamente les solicitamos respeto al Sindicato ASINTRAF y garantías a los dirigentes sindicales para ejercer su legítimo derecho.
Agradecemos altamente su atención, atentamente,
TARSICIO MORA GODOY DOMINGO TOVAR ARRIETA
Presidente Secretario General
FRANCISCO MALTES TELLO
Director Dpto de Comunicaciones y Sector Estatal