1 COMENTARIO

  1. Respetuosamente opinó, que las justas reclamaciones, sindicales deben ser coherentes con los convenios y Recomendaciones internacionales de la organización internacional del trabajo, OIT, dandole publicidad a tales normas, No a las modulaciones hechas mediante normas regresivas, aprobadas con Corte Constitucional Inhibida.

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