Bogotá, 01 de julio de 2014
Doctor
JOSE NOE RIOS
Ministro de Trabajo
Bogotá, D.C.
Respetado Señor MINISTRO.
En nombre del Comité Ejecutivo de la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia, CUT, reciba atento y cordial saludo.
Con preocupación hemos recibido la Resolución No. 162 de fecha junio 26 de 2014, del Hospital del Sur, Empresa Social del Estado, Distrito Capital, firmada por el Doctor RICARDO BEIRA SILVA, mediante la cual niega el permiso sindical solicitado por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, a la compañera MARTHA PINEDA GUIO, para que pueda continuar cumpliendo, su papel de Negociadora en el Pliego de Solicitudes, presentado por las centrales sindicales al Alcalde Mayor de Bogotá.
Teniendo en cuenta que las garantías para el ejercicio de la actividad sindical, están contempladas en el Convenio 135 de la OIT, la Constitución Política, la ley 584 de 2000, artículos 1, 2 y 3 del Decreto 2813 de 2000, Decreto 160 de 2013 y la Circular 055 emanada de la Administración Central del Distrito Capital, el Acta de Acuerdo Laboral suscrita el 24 de julio entre el gobierno distrital y las organizaciones sindicales numeral 6, le solicitamos su intervención ante el señor Gerente del Hospital del Sur, ubicado en la carrera 78 No. 35-71 Sur de esta ciudad, para que se garantice este Derecho y no se continúe obstruyendo, la actividad sindical de nuestra organización filial, Sindistritales.
Agradecemos la atención, atentamente,
LUIS ALEJANDRO PEDRAZA FABIO ARIAS GIRALDO
Presidente Secretario General
Copia: Oficina OIT Colombia
Anexo: Resolución 162 en cinco (05) Folios