CONSIDERANDO:
1. Que son funciones de la Junta Directiva Nacional dentro de su Artículo 30, Literal d y e (dictar las resoluciones que considere necesarias para asegurar el cumplimiento de los estatutos, las plataformas y resoluciones del Congreso).
2. Que en el Capítulo V “De la estructura y la organización, Artículo 8, Parágrafo Transitorio 1 y Parágrafo Transitorio 2, referido a la transformación sindical en un plazo máximo de seis (6) años contados a partir de la promulgación de los estatutos aprobados en el Congreso de 2006”.
RESUELVE:
1. Teniendo en cuenta que es propósito de la Junta Directiva Nacional, trabajar por la unidad y cambio de la estructura de la Central, en esa medida se unifica por decisión de esta realizar el proceso eleccionario de la CUT estatutario el día (7) siete de junio en los horarios que reglamente el Ejecutivo Nacional).
2. Realizar el proceso electoral de la CUT el día siete (7) de junio de 2013 en concordancia con los estatutos y por aprobación de la Junta Directiva Nacional, Capítulo VII, Articulo 12, las organizaciones afiliadas a la Central concurrirán por medio de sus afiliados (as) a los procesos electorales nacionales, departamentales y la elección de delegados y delegadas para el VI Congreso de la CUT el día (7) siete de junio de 2013, esto se realizará a partir de todas aquellas organizaciones que dentro del lleno de los requisitos estatutarios y reglamentaciones puedan hacerlo.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a los (15) quince días del mes de Marzo de (2013) dos mil trece.
DOMINGO TOVAR ARRIETA
Presidente
LUIS ALEJANDRO PEDRAZA B.
Secretario General
GILBERTO MARTINEZ GUEVARA
Director Departamento de Organización y Planeación