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Acta final de acuerdo de la negociación colectiva de los Sindicatos Estatales

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Acta final de acuerdo de la negociación colectiva pliego de solicitudes de las organizaciones sindicales de empleados públicos

Bogotá, D.C. 11 de mayo de 2015

7:00 p.m.

La presente acta contiene los acuerdos y los desacuerdos a los que se llegó en desarrollo de la negociación del PLIEGO DE SOLICITUDES presentado el 26 de febrero de 2015 por los Presidentes de las organizaciones sindicales CUT, CGT, CTC, FECODE, UTRADEC, FENALTRASE, FECOTRASERVIPUBLICOS, UNETE y FENASER, con el acompañamiento de la ISP. Pliego presentado en el marco del Convenio 151 de la OIT y del Decreto 160 de 2014.

Teniendo en cuenta que el Pliego fue presentado por materias y capítulos especiales, su estudio, discusión y aprobación se adelantó así: capítulo general y tres capítulos sectoriales o especiales –salud, educación y justicia-. Las peticiones presentadas por FECODE y por las universidades públicas, se estudiaron de manera separada.

A continuación se relacionan las solicitudes analizadas en la mesa general  y los acuerdos y desacuerdos alcanzados:

CAPÍTULO I. PLANTAS DE EMPLEO 

PETICIÓN 

Planta de empleos necesaria y desmonte de la nómina paralela con laboralización de los contratistas: 

Reforma de plantas: 

–  Actualización plantas globales y cumplimiento sentencia C-614/09 y C-171/12.

–  Representación y participación de organizaciones sindicales.

– Principio de coordinación entre autoridades públicas para la modificación de plantas de personal. 

Proyecto de ley sobre contratos administrativos de prestación de servicios: 

Reglamentación Contrato de prestación de servicios o de cualquier otra forma de vinculación por subcontratación, tercerización, o de exclusión de la relación laboral de empleo público. 

ACUERDO

El Gobierno Nacional, en coordinación con una subcomisión integrada por un representante de cada Central y Federación firmante de este acuerdo, elaborará un cronograma para identificar las entidades de la Rama Ejecutiva del orden Nacional que presentan un número significativo de contratos de prestación de servicios o cualquier otra forma de contratación, con el fin de establecer si a través de ellos se vienen cumpliendo funciones con carácter permanente que deban ser desarrolladas por personal de planta, con el fin de proponer la creación de los respectivos empleos en los términos indicados en las Sentencias C- 614 de 2009 y C-171 de 2012 y en la Directiva Presidencial Número 06 de 2014. La primera entidad a revisar en el cronograma será el Ministerio del Trabajo.

El proceso de ampliación de plantas contará con la participación de máximo tres representantes de los sindicatos de cada organismo o entidad de la Rama Ejecutiva e iniciará en el presente año, sujeto a las disponibilidades presupuestales con las que cuenten las entidades.

Asimismo, el Gobierno Nacional expedirá un acto administrativo para establecer mayores niveles de coordinación y tiempos de respuesta  entre las instancias de Gobierno que intervienen en el proceso de ampliación de plantas de personal. 

A nivel territorial el Gobierno Nacional impartirá directrices y lineamientos para que estas entidades y organismos den cumplimiento a las sentencias C-614 de 2009 y C-171 de 2012.

El Ministerio del Trabajo, de oficio o a petición de parte y en cumplimiento de la Ley 1610 de 2013, continuará ejerciendo las funciones de inspección y vigilancia en las entidades del Estado para el cumplimiento de las sentencias citadas.

El Gobierno Nacional continuará adelantando las gestiones que se requieran para dar cumplimiento a los acuerdos suscritos, entre otros, con los sindicatos del Instituto Nacional de Medicina Legal, DIAN, AEROCIVIL, ICBF y SENA, en  materia de ampliación de plantas de personal y los acuerdos que se lleguen a suscribir sobre el tema con el INPEC.

PETICIÓN 

– Racionalización de la escala salarial.

– Saturación y disfuncionalidad de empleos.

– Corregir distorsión en empleos de Nivel inferior con asignación básica mensual mayor a empleos de Nivel superior.

ACUERDO

El Gobierno Nacional, a través del DAFP,  en coordinación con la Subcomisión Nacional del Sector Publico,  realizará un estudio técnico y financiero tendiente a establecer  la viabilidad y procedencia de ajustar la escala salarial de los empleados públicos  de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, con el fin de reducir el número de grados salariales,  en el cual deben considerarse las funciones, responsabilidades, requisitos y competencias exigidos para los diferentes empleos y con base en el mismo adoptar las medidas que administrativamente correspondan, las cuales, en todo caso, tendrán en cuenta el Marco Fiscal de Mediano Plazo señalado en la Ley 819 de 2003. Estudio que deberá adelantarse en un plazo no mayor a ocho (8) meses posteriores  a la suscripción del presente Acuerdo.

PETICIÓN 

Derogatoria/suspensión del artículo 92 y otros de la ley 617/00 sobre plantas de empleos

DESACUERDO 

PETICIÓN

Política pública para desmonte de “nóminas paralelas”

ACUERDO

El Gobierno, atendiendo la petición del Pliego presentado por los sindicatos de empleados públicos, tramitó ante el Congreso de la República las modificaciones señaladas en negrilla al artículo 74 del Proyecto de Ley del Plan Nacional de Desarrollo en el cual se resalta la obligación del Gobierno de garantizar que las actividades de carácter permanente sean desarrolladas por personal de planta. El artículo fue aprobado por el Congreso de la República en los siguientes términos:

“Artículo 74. Política nacional de trabajo decente. El Gobierno Nacional bajo la coordinación del Ministerio del Trabajo, adoptará la política nacional de trabajo decente, para promover la generación de empleo, la formalización laboral y la protección de los trabajadores de los sectores público y privado. Las entidades territoriales formularán políticas de trabajo decente en sus planes de desarrollo, en concordancia con los lineamientos que expida el Ministerio del Trabajo.

El Gobierno Nacional también fijará las reglas para garantizar que las empresas cumplan plenamente las normas laborales en los procesos de tercerización.

El Gobierno Nacional deberá garantizar que las actividades permanentes de las entidades públicas sean desarrolladas por personal vinculado a plantas de personal, con excepción de los casos señalados  en la ley. 

CAPÍTULO II. EMPLEO DIGNO/DECENTE Y CARRERA ADMINISTRATIVA 

PETICIÓN 

Pacto nacional por el empleo digno/decente y la carrera administrativa:

ACUERDO

El Gobierno Nacional, a través del Ministerio del Trabajo y el DAFP, y las Confederaciones/Federaciones sindicales de empleados públicos firmantes del acuerdo, convocarán, a la mayor brevedad, la celebración del Pacto Nacional por el Empleo digno/decente y la carrera administrativa. Las partes serán promotoras y garantes de este pacto, que contendrá los siguientes aspectos:

  • Objetivo: Generar un marco de cooperación pública para respetar el trabajo digno/decente y la carrera administrativa como forma de ingreso al empleo público teniendo en cuenta los principios constitucionales y de la OIT, en la materia.
  • Objetivos específicos.
  • Plan de acción y cronograma de actividades.
  • Actores que suscribirán el pacto. 

CAPÍTULO III. EMPLEO TEMPORAL, CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 

PETICIÓN 

– Proyecto de ley sobre carrera administrativa para temporales

– Proyecto de Ley o Reglamentación  sobre empleo Temporal.

– Proyecto de Ley para todas las formas de temporalidad.

ACUERDO

El Gobierno Nacional garantizará que la creación de plantas temporales obedezca a necesidades netamente transitorias y revisará las vigentes con el fin de verificar que se ajusten a los parámetros señalados en la Ley 909 de 2004, y de no ser así, tomar los correctivos del caso ajustándolas a las disposiciones legales de empleo permanente. 

PETICIÓN 

– Proyecto de Ley para consagrar un Banco Nacional de Contratistas 

DESACUERDO 

PETICIÓN 

Banco nacional de candidatos a empleos de libre nombramiento y remoción.

ACUERDO

De conformidad con lo propuesto por el Gobierno Nacional en el Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018 se fortalecerán los mecanismos de evaluación de las competencias gerenciales para el ingreso y permanencia de los empleados públicos de libre nombramiento y remoción, señalados en la Ley 909 de 2004 para lo cual se revisará la normativa vigente en la Subcomisión del Sector Público y se propondrán los ajustes que se consideren necesarios. Igualmente, en esta instancia se revisará el procedimiento de evaluación de los empleos de periodo de las Empresas Sociales del Estado con el fin de proponer los ajustes necesarios.

CAPÍTULO IV EMPLEADOS TERRITORIALES: 

PETICIÓN 

Primas de servicios u otra denominación y bonificación por servicios prestados u otra denominación para empleados territoriales: continuidad y reconocimiento 

ACUERDO

El Gobierno Nacional ratificará lo expuesto en circulares precedentes del Departamento Administrativo de la Función Pública, donde se señala que los actos administrativos que regulan la prima de servicios en el nivel territorial, de manera diferente a lo señalado en el Decreto 2351 de 2014, no quedaron derogados y gozan de presunción de legalidad. 

El Gobierno Nacional expedirá un decreto extendiendo la bonificación por servicios prestados a los empleados públicos vinculados o que se vinculen a las entidades del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Territorial, con excepción del personal administrativo y docente del Sector Educación, a las Asambleas Departamentales, a los Concejos Distritales y Municipales, a las Contralorías Territoriales, a las Personerías Distritales y Municipales, el cual entrará a regir en la vigencia presupuestal de 2016 y su pago estará sujeto a la  disponibilidad de recursos de las entidades del orden territorial y a los lineamientos de la Ley 617 de 2000. El personal administrativo del Sector Educación del nivel territorial que, en la actualidad, percibe la bonificación por servicios prestados la seguirá percibiendo. 

PETICIÓN

Compensación por saturación en escala salarial.

ACUERDO 

El Gobierno Nacional con las organizaciones firmantes del presente acuerdo realizarán un análisis de la aplicación de los topes salariales del nivel territorial con el fin de generar las acciones a que haya lugar, de conformidad con la ley. 

PETICIÓN

Proyecto de ley de carrera en las contralorías territoriales.

ACUERDO

El Gobierno Nacional instalará una mesa de trabajo integrada por los representantes del Gobierno y un representante de cada Central y Federación firmantes de este acuerdo para elaborar el proyecto de ley que otorgue facultades extraordinarias al Presidente de la República para regular la carrera especial de las contralorías territoriales y, además, el sistema específico que regule al personal científico y tecnológico de las entidades públicas que conforman el Sistema de Ciencia y Tecnología, preparando los proyectos de decreto que las desarrollen. Esta Mesa se instalará en un plazo no mayor a tres (3) meses posteriores  a la suscripción del presente Acuerdo. 

CAPÍTULO V CARRERA ADMINISTRATIVA: 

PETICIÓN 

Fijación del procedimiento para la oferta pública de empleo. 

ACUERDO

Las partes firmantes de este Acuerdo, concertarán un procedimiento para que la CNSC y el Gobierno Nacional prioricen las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional cuyos cargos vacantes deban ser convocados a concurso para su provisión definitiva, de conformidad con las disponibilidades presupuestales.

El Gobierno expedirá un Decreto que fije los términos y el procedimiento para que las entidades del orden nacional y territorial reporten los empleos de carrera vacantes de manera definitiva a la CNSC, para que este organismo programe los concursos. 

PETICIÓN 

Concurso de ascenso en empleos de carrera.

ACUERDO

El Gobierno Nacional analizará los alcances de la sentencia C-034 de 2015 y trabajará con las Centrales y Federaciones la propuesta de modificación de la Ley 909 de 2004 y de los demás sistemas específicos y especiales con el fin de viabilizar los concursos de ascenso cerrados en los términos autorizados por la Corte Constitucional. 

PETICIÓN

Financiación de concursos con el presupuesto nacional.

ACUERDO

El Gobierno Nacional continuará asumiendo los costos de los procesos de selección en los términos señalados en la Ley 909 de 2004 de acuerdo con las solicitudes hechas por cada una de las entidades u organismos de la Rama Ejecutiva del orden nacional y atendiendo las disposiciones de la Ley de Presupuesto.

Con respecto a la petición de determinar los costos de concursos, el Gobierno Nacional incluyó en la propuesta de articulado del Plan Nacional de Desarrollo la modificación al artículo 3 del Decreto Ley 760 de 2005, cuyo texto es el siguiente:

“Artículo 134. Concursos o procesos de selección. Modifíquese el artículo 3 del Decreto Ley 760 de 2005, el cual quedará así:

 “Artículo 3. Los concursos o procesos de selección serán adelantados por la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC, a través de contratos o convenios interadministrativos suscritos con el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES o en su defecto con universidades públicas o privadas, instituciones universitarias e instituciones de educación superior acreditadas por el Ministerio de Educación Nacional para tal fin. Dentro de los criterios de acreditación que establezca la Comisión se privilegiará la experiencia e idoneidad del recurso humano que vaya a realizar los concursos.

 La Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC, las universidades públicas o privadas, instituciones universitarias y las instituciones de educación superior que adelanten los concursos, podrán apoyarse en entidades oficiales especializadas en la materia, como el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES, para las inscripciones, el diseño, la aplicación y la evaluación de las pruebas; el ICFES podrá brindar su apoyo a uno o más concursos de manera simultánea.

Los costos asociados a los concursos o procesos de selección deberán ser determinados a través de Acuerdos Marco de Precios establecidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente. 

Parágrafo transitorio. Hasta tanto Colombia Compra Eficiente adopte los Acuerdos Marco de Precios los bienes y servicios que requiera la Comisión serán adquiridos bajo la modalidad de contratación que legalmente corresponda” 

PETICIÓN 

Proyecto de ley reformatoria de la ley 734/02 y del Código Penal para incluir como faltas disciplinarias o delitos conductas relacionadas con contratos de prestación de servicios, el reporte de los empleos o la no convocatoria a concurso de los mismos. 

DESACUERDO 

PETICIÓN

Capacitación y provisionales.

ACUERDO

Las partes consideran que la materia ya se encuentra regulada en la Circular Externa No 100-010-2014 del 21 de noviembre de 2014, emitida por el Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante la cual se flexibilizaron los criterios para que los empleados provisionales puedan acceder a programas de formación y capacitación cuya duración sea inferior a 160 horas; en especial respecto de aquellos asuntos trasversales a la organización o requeridos para el desarrollo de las funciones asignadas al puesto de trabajo. El Gobierno Nacional, junto con las centrales y federaciones firmantes, revisará y propondrá las modificaciones que en esta materia se requieran y se encuentren reguladas en el Decreto Ley 1567 de 1998. 

PETICIÓN 

Concurso, requisito de experiencia.

ACUERDO

El Gobierno Nacional viabilizará la creación de empleos del nivel profesional en las plantas de personal de la Rama Ejecutiva del orden nacional de los sistemas general, especial o específico, en los cuales únicamente se exija título profesional con el fin de viabilizar el ingreso de personas, que ostentando título profesional, no acrediten experiencia laboral de este nivel.

El Gobierno Nacional impartirá una directriz a las entidades territoriales para que adopten esta política en sus plantas de personal. 

PETICIÓN

– Respeto y eficacia del derecho preferente para el encargo.

– Modificación Decreto 1785 de 2014 sobre funciones de los empleos.

ACUERDO

El Gobierno impartirá directrices y capacitará a las Comisiones de Personal y a sus Secretarios Técnicos para que las entidades públicas nacionales y territoriales reguladas en la Ley 909 de 2004 cumplan el artículo 24 que regula el derecho preferente de los empleados de carrera a ser encargados en los empleos vacantes. 

PETICIÓN 

Evaluación del desempeño:

– La Comisión Nacional del Servicio modificará Acuerdo 137/10.

– Actividad sindical en permiso.

ACUERDO

El Gobierno Nacional, en los dos meses siguientes a la suscripción del presente acuerdo, y en coordinación con las organizaciones sindicales propondrá a la CNSC un cronograma y un plan de acción encaminado a determinar los aspectos técnicos que deben ser modificados del sistema tipo de evaluación del desempeño laboral, entre los cuales se encuentra la carga laboral que se debe concertar con los servidores que gozan de permiso sindical.

Se estudiará la viabilidad de darle a la actividad sindical valor en los factores adicionales a calificar en la evaluación del desempeño.

A los servidores que gozan de permiso sindical se les continuará garantizando los derechos inherentes a la carrera administrativa.

Igualmente, en las reformas que se adelanten de la normativa relacionada con administración de personal se relacionará el permiso sindical dentro de las situaciones administrativas en las que se puede encontrar un servidor público.

CAPÍTULO VI ASPECTOS ECONÓMICOS 

PETICIÓN 

Ajuste y aumento salarial: Asignación básica mensual entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2015. 

ACUERDO

El Gobierno Nacional y las centrales y federaciones firmantes acordaron un incremento salarial de 4.66% para la vigencia 2015, retroactivo al primero de enero. Para el año 2016 se acuerda un aumento salarial correspondiente al crecimiento porcentual del IPC total en 2015, certificado por el DANE, más 1 punto porcentual, el cual regirá a partir del 1 de enero de dicho año.

No obstante lo anterior, el incremento para el año 2016 podrá ser revisado en el marco de la Subcomisión del Sector Público de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales con base en la situación fiscal vigente al momento de la revisión y el crecimiento real del Producto Interno Bruto que certifique el DANE para 2015. En todo caso, se mantendrá como mínimo el incremento de 1 punto, anteriormente señalado.

PETICIÓN 

– Prima técnica para los empleos del nivel profesional.

Prima de riesgo por orden público.

– Eliminación discriminación en escalas de asignación básica mensual existente para las Agencias Públicas.

DESACUERDO

PETICIÓN

Prima de riesgo psicosocial.

ACUERDO

El Gobierno Nacional en coordinación con las Centrales y Federaciones firmantes de este acuerdo, establecerá un mecanismo para identificar las entidades y los servidores que prestan  servicios especiales a población víctima de la violencia intrafamiliar o social o en estado de perturbación mental o emocional, farmacodependencia, desplazamiento forzado y fragilidad y vulnerabilidad social y solicitará a las Administradoras de Riesgos Laborales valoraciones de su afectación, con el fin de adoptar las medidas requeridas para contrarrestar los riesgos y proponer las acciones a las autoridades competentes.

PETICIÓN 

Servicio de transporte para los servidores públicos

ACUERDO

El Gobierno Nacional promoverá en las entidades la prestación del servicio de transporte a sus servidores, en desarrollo de los programas de área de calidad de vida laboral, para lo cual el Departamento Administrativo de la Función Pública expedirá una nueva circular externa en los mismos términos de la Circular Externa No. 10-02 de 2013. 

PETICIÓN 

Subsidio de transporte para los servidores públicos por desplazamiento prolongado. 

ACUERDO

El Gobierno Nacional, dentro de los dos meses siguientes a la firma del presente acuerdo, revisará las condiciones para que al reconocimiento del auxilio de transporte en las entidades territoriales, establecido en el Decreto 2732 de 2014, tengan acceso los servidores que perciben una asignación básica inferior a dos salarios mínimos y vivan distanciados del lugar de trabajo, aun cuando en el lugar no se preste el servicio público de transporte y expedirá el decreto correspondiente. 

PETICIÓN

– Ampliación del periodo de vacaciones.

– Apoyo educativo para los servidores y sus hijos, independientemente de la edad.

Fondo único de becas y créditos a nivel territorial y eliminación de la cuota de administración del ICETEX.

DESACUERDO 

PETICIÓN 

Estímulo al ingreso a universidades públicas y a la formación profesional. 

ACUERDO

El Gobierno Nacional a través del Departamento Administrativo de la Función Pública y la ESAP evaluará la creación de programas gratuitos de capacitación dirigidos a los servidores públicos, en temas transversales de la administración y el otorgamiento de becas para servidores públicos que ocupen empleos diferentes al nivel directivo, que cumplan con los requisitos que se establezcan para tal efecto. 

PETICIÓN

Criterios de formación y capacitación.

ACUERDO

El Gobierno Nacional, a través del Departamento Administrativo de la Función Pública y de la ESAP, fortalecerá la oferta institucional, para lo cual adoptará programas de formación y capacitación unificados para los servidores públicos a través de las distintas direcciones territoriales propiciando que las entidades contraten a la Escuela para el desarrollo de sus programas de capacitación. 

PETICIÓN

Creación centro de formación técnica y profesional IDEAM.

DESACUERDO 

PETICIÓN

Programas de bienestar.

ACUERDO

El Gobierno Nacional, a través del Departamento Administrativo de la Función Pública, impartirá las directrices a las entidades públicas para que los programas de protección y servicios sociales dirigidos a los servidores y sus familias en temas deportivos, recreativos, vacacionales, artísticos y culturales; promoción y prevención de la salud; capacitación informal en artes y artesanías u otras modalidades que conlleven la recreación y el bienestar del empleado, se gestionen a través de convenios con cajas de compensación, el SENA u otros organismos que faciliten ayudas económicas, tal como lo consagra el decreto 1227 de 2005.

Además se insistirá en que este tema debe ser desarrollado en las mesas individuales de concertación con las organizaciones sindicales, como quiera que las entidades cuentan con los recursos y la competencia para que de manera  directa, en el marco de los planes de bienestar e incentivos, puedan suscribir los convenios correspondientes con las cajas de compensación familiar y el SENA. 

PETICIÓN

Jornadas o turnos especiales de trabajo: madres y padres cabeza de familia. 

Empleados con responsabilidades familiares: flexibilización del horario o jornada de trabajo y de traslados por solicitud del empleado. 

ACUERDO

Las partes encuentran que, mediante la Circular 008 del 5 de diciembre de 2013 del Departamento Administrativo de la Función Pública, el Gobierno Nacional reguló los horarios flexibles para padres y madres cabeza de familia invitando a los representantes legales de las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial a contemplar horarios flexibles dentro de la jornada máxima de 44 horas de que trata el artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, o las especiales establecidas por la ley.

PETICIÓN

Personal administrativo del sector educación: equidad de derechos laborales.

DESACUERDO

PETICIÓN

Unificación de la jornada laboral a 40 horas.

DESACUERDO 

PETICIÓN

Juegos deportivos nacionales de la administración pública.

ACUERDO

El Gobierno, junto con las organizaciones sindicales fortalecerá los juegos nacionales de la Administración Pública, y COLDEPORTES adelantará las gestiones necesarias para su extensión a las entidades del nivel territorial.

CAPÍTULO VII. SEGURIDAD SOCIAL: PENSIONES, TRASLADO Y LIQUIDACIÓN DE ENTIDAD PÚBLICA Y RETEN SOCIAL 

PETICIÓN 

Protección de los derechos laborales de empleados públicos en procesos de modificación de estructuras funcionales 

ACUERDO 

Las partes ratifican que la legislación vigente (Ley 790 de 2002 y decretos reglamentarios) contempla protecciones especiales para todos los servidores que se encuentren en condición de discapacidad o para madres y padres cabeza de familia.  

PETICIÓN 

Política Pública para la observancia y cumplimiento de las recomendaciones adoptadas sobre Colombia por la OIT en lo relacionado con Pensiones y Pensionados (mantener vigente lo pactado en la materia en convenciones colectivas);

DESACUERDO  

PETICIÓN

Pago de 100% de las incapacidades médicas por el empleador.

DESACUERDO

 

PETICIÓN

Sindicato de rama: comité sindical por entidad pública – extensión fueros sindicales 

ACUERDO

En la Subcomisión de Concertación del Sector Público se estudiará un proyecto de Ley para fijar los alcances del sindicalismo de rama para el sector público. A dicho estudio se le dará prioridad en la agenda de la Subcomisión. 

PETICIÓN 

– Comité de participación sindical en toda entidad pública

– Derecho representación sindical

– Garantías sindicales 

ACUERDO

El Gobierno regulará la participación de los sindicatos de los empleados públicos en la gestión administrativa laboral, para generar espacios efectivos de interlocución en todos los organismos y entidades de la Administración Pública, atendiendo las disposiciones vigentes sobre deberes y derechos relativos a la participación ciudadana y en especial de los trabajadores. El contenido de la misma se concertará con las organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo.

Igualmente, impartirá instrucciones para que a las organizaciones sindicales se les garantice el acceso a la información pública y a los sitios de trabajo para la promoción de la actividad sindical.

Todo lo anterior sin  perjuicio de lo pactado en el acuerdo colectivo del año 2013 sobre el particular. 

PETICIÓN 

Participación sindical en radio y televisión 

ACUERDO

El Ministerio del Trabajo cederá a las centrales y federaciones firmantes del presente acuerdo una parte en la franja de los espacios con los que actualmente cuenta ante la ANTV, para que éstas elaboren y difundan contenidos, siempre que los mismos no generen costos para el Ministerio. 

PETICIÓN 

Compensación por beneficios de los acuerdos colectivos celebrados con las organizaciones sindicales para los trabajadores no sindicalizados. 

ACUERDO

El Gobierno Nacional reiterará la Circular conjunta No. 06 de 2013 motivando al servidor no afiliado al sindicato y que se beneficie del presente acuerdo a aportar, por una sola vez, el 1% de la asignación básica a la organización sindical firmante del acuerdo que considere pertinente.

En esta circular se impartirán instrucciones a las entidades del sector público para que se programen jornadas o actos de socialización de los acuerdos, con participación de la Administración y de las organizaciones sindicales firmantes de los mismos, a efectos de propiciar el aporte a que se ha hecho mención.

En la Subcomisión de Concertación del Sector Público, se estudiará el texto para un proyecto de Ley que consagre el descuento de cuota compensatoria por beneficio para los empleados no sindicalizados. 

PETICIÓN 

Jornada nacional anual de reconocimiento a la labor de las organizaciones sindicales y por la sindicalización: 

ACUERDO

En la semana previa al 1 de mayo las entidades públicas desarrollarán conferencias, seminarios y demás actividades para el reconocimiento y fomento de la libertad sindical, la negociación colectiva y demás derechos fundamentales del trabajo. El Gobierno Nacional expedirá un decreto para tal efecto. 

PETICIÓN

Cultura democrática sobre el sindicalismo y formación de los futuros trabajadores o aprendices SENA 

ACUERDO

Se establecerá una mesa técnica con la participación de la Dirección del SENA, los representantes de las organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo y el Ministerio del Trabajo, con el fin de incorporar en los programas de formación que imparte la institución contenidos sobre derechos fundamentales, especialmente los relacionados con el Trabajo. 

PETICIÓN

Libertad sindical y derechos políticos 

ACUERDO

El Gobierno Nacional dentro de los tres meses siguientes a la suscripción de este acuerdo se pronunciará, en la Subcomisión del Sector Público, sobre la viabilidad del proyecto presentado por las organizaciones sindicales en la materia. De encontrarlo procedente expedirá la regulación correspondiente. 

PETICIÓN

Ministerio de Trabajo: Unidad de Reacción Inmediata Laboral (URIL). 

ACUERDO

El Ministerio especializará un grupo de funcionarios a nivel de la Dirección de Inspección Vigilancia y Control, que se encargará de atender las quejas y de adelantar las investigaciones que se presenten en materia de negociación en el sector público. 

PETICIÓN 

Ministerio de trabajo: grupo de trabajo especializado en negociación colectiva en la administración pública y en las universidades estatales como entes autónomos.

IX.4.MINISTERIO DE TRABAJO Y DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PÚBLICA: COMPETENCIAS Y COORDINACION:

ACUERDO

El Ministerio del Trabajo especializará a un grupo mínimo de cinco servidores de la Oficina Jurídica en el tema de Negociación Colectiva en la Administración Pública, que se encargará de atender las consultas que se formulen en la materia y de coordinar, con el Departamento Administrativo de la Función Pública, la unificación de criterios sobre el tema.

PETICIÓN 

Ministerio de Trabajo y archivo sindical: dotación y actualización. 

ACUERDO

El Ministerio del Trabajo desarrollará un programa especial de fortalecimiento del Archivo Sindical con capacitación especial a los funcionarios e implementación de aplicativos de sistemas modernos y eficientes que permitan garantizar la rapidez, eficacia y transparencia en los registros y depósitos que efectúan las organizaciones sindicales y los empleadores.

El Ministerio presentará los avances de dicho programa de fortalecimiento a una comisión designada por la comisión negociadora sindical o en la Subcomisión del Sector Público de la CNCPSL, en la primera quincena de junio de 2015. 

PETICIÓN 

Defensoría del pueblo: creación del servicio de asistencia jurídica gratuita a los empleados en materia disciplinaria y de calificación de servicios 

DESACUERDO

PETICIÓN 

Reforma Decreto 160 de 2014 

ACUERDO

En la Subcomisión del Sector Público de la CNCPSL, dentro de los tres meses siguientes a la firma del presente acuerdo, se adelantará la discusión sobre la viabilidad de incluir los temas de: arbitraje, normatividad presupuestal, vigencia, continuidad de derechos y progresividad, en una norma reformatoria del Decreto 160 de 2014.

PETICIÓN 

Garantía del permiso sindical 

ACUERDO

El Gobierno Nacional recibirá y estudiará las propuestas sobre permisos sindicales que presentarán las organizaciones firmantes del presente acuerdo, y las partes definirán la modificación en la Subcomisión del Sector Público dentro de los dos meses siguientes a la firma del presente acuerdo.

CAPÍTULO XII ESPECIAL SOLICITUDES DE GÉNERO: MUJER

PETICIÓN

Reglamentación para la prevención del acoso sexual en ámbito laboral 

ACUERDO 

El Gobierno Nacional, en coordinación con las organizaciones firmantes del presente acuerdo, se compromete a revisar la legislación vigente con el fin de proponer los ajustes necesarios para prevenir de manera eficaz el acoso sexual en las relaciones laborales. 

PETICIÓN

Proyecto de ley que iguale licencia de paternidad con la licencia de maternidad.

ACUERDO  

El Gobierno Nacional, en coordinación con las organizaciones firmantes del presente acuerdo, se compromete a revisar la legislación vigente con el fin de seguir fortaleciendo la protección en esta materia. 

PETICIÓN

Asignación becas, estímulos, licencias para estudio, capacitaciones para la mujer. 

ACUERDO

Las partes acuerdan que la política de estímulos y capacitación se seguirá construyendo sin distinción de raza, sexo, estirpe o condición (Art. 13 C.P.). En este sentido, se  considera que la política en esta materia debe dar el mismo tratamiento a todos los servidores públicos, como ocurre en el caso del acceso a los empleos y funciones públicas, es decir, en igualdad de condiciones (Art. 40, núm. 7 CP). Además, la estructura del sistema salarial colombiano no hace distinción en el salario que perciben hombres y mujeres en el servicio público por tratarse de un sistema unificado.

El Gobierno Nacional, en coordinación con las organizaciones firmantes del presente acuerdo, se compromete a hacer una revisión de la participación de la mujer en el empleo público y las condiciones en las que lo desarrolla con el fin de proponer acciones para contrarrestar la vulneración de sus derechos si la hubiere. 

PETICIÓN

Creación Subcomisión de Género 

Política incluyente para mujeres, afros, indígenas y LGBTI.

ACUERDO

Las partes consideran procedente la creación de la Subcomisión de Género, dentro de la Comisión Permanente de Política Salarial y Laboral, destinada a hacer seguimiento a la política del Estado en esta materia y, a su vez, actúe en coordinación con el Observatorio de Asuntos de Género creado por la Ley 1009 de 2006, adscrito a la Presidencia de la República. Esta Subcomisión deberá estar integrada de manera bipartita con representantes de las Centrales y Federaciones firmantes de este acuerdo.

La creación de esta Subcomisión se someterá a aprobación de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales y se encargará de revisar la Política Laboral Pública de Género, proponer la reglamentación de la Ley 1496 de 2011 y de dar cumplimiento a lo pactado en el presente acuerdo en la materia. 

PETICIÓN

– Creación sistema de vigilancia y control del Plan Nacional por la Equidad Laboral

– Proyecto de Ley para que se ratifique el Convenio 156 de la OIT. 

ACUERDO

El Gobierno Nacional se compromete a presentar e impulsar ante el Congreso de la República los proyectos de ley correspondientes a la ratificación de los Convenios 135, 149, 156 y 183 de la OIT, en la próxima legislatura. 

PETICIÓN 

Continuidad de derechos y progresividad: 

ACUERDO

No habrá regresividad en materia laboral y se respetarán los derechos adquiridos como resultado de los acuerdos colectivos suscritos entre las organizaciones sindicales y la administración pública y los reconocidos en actos administrativos de conformidad con la Ley. 

PETICIÓN

Actos de implementación como resultantes del acuerdo colectivo. 

ACUERDO

El Gobierno Nacional se compromete a insertar en los considerandos de los actos administrativos unilaterales proferidos resultantes de la negociación colectiva, la mención de que los mismos fueron resultado de los acuerdos alcanzados en el marco de la negociación colectiva. 

PETICIÓN 

Consulta previa para regular los asuntos laborales. 

DESACUERDO 

PETICIÓN 

Acuerdo colectivo anterior: verificación de cumplimiento y comité bipartito de seguimiento para el cumplimiento del acuerdo colectivo nacional. 

ACUERDO

Se establecerá un comité conformado de la siguiente manera: un (1) integrante de cada una de las siguientes organizaciones CUT, CGT, CTC, UTRADEC, FENALTRASE, UNETE, FENASER, FECODE y FECOTRASERVIPÚBLICOS, como firmantes del presente acuerdo y los representantes del Gobierno Nacional que éste defina, que se instalará treinta (30) días después de suscrito el acuerdo, el cual se dará su propio reglamento y operará desde la Subcomisión del Sector Público. Igualmente este comité revisará los puntos a los que no se ha dado cumplimiento del Acuerdo Colectivo de 2013 y se determinará las acciones a seguir.

PETICIÓN 

Vigencia y nuevo pliego 

ACUERDO

El presente acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016, sin perjuicio de lo acordado sobre el incremento salarial.

Hacen parte del presente acuerdo los acuerdos suscritos sobre los capítulos sectoriales Salud, Educación y Justicia.

 

En constancia se firma:

LUIS EDUARDO GARZÓN                                                   LILIANA CABALLERO DURAN

Ministro del Trabajo                                                                  Directora DAFP 

ENRIQUE BORDA VILLEGAS                                              ANDRÉS ESCOBAR ARANGO              

Viceministro Relaciones Laborales                                                        Viceministro Técnico de Hacienda

 

LUIS FERNANDO MEJÍA ALZATE                                      

Subdirector DNP

Por la delegación sindical,

 CUT:

FRANCISCO MALTÉS  TELLO                                        WINSTON PETRO BARRIOS

Negociador                                                                                        Negociador  

ALBERTO VANEGAS ZULUAGA

Negociador 

FECODE: 

LUIS ALBERTO MENDOZA PERIÑAN                                      PEDRO ARANGO SÁNCHEZ

Negociador                                                                                        Negociador 

FENALTRASE:

HERNAN SIERRA                                                                           SARAY CASTAÑEDA LOBON

Negociador                                                                                        Negociadora

DIEGO ESCOBAR                                                                           WILLIAMS REYES MORALES

Negociador                                                                                        Asesor 

ÚNETE:

RICARDO DÍAZ  RODRIGUEZ                                                     VENTURA ORTIZ MURILLO

Negociador                                                                                        Negociador 

JAVIER TOVAR CHAUTA                                                             JAIME SANCHEZ SAAVEDRA

Negociador                                                                                        Asesor

RUBEN HOYOS DUQUE

Asesor 

CTC:

LUIS MIGUEL MORANTES ALFONSO

Presidente CTC 

JORGE PEÑA CAÑON                                                                   NANCY WILCHES DE OROZCO

Negociador                                                                                        Negociadora

MIGUEL MORANTES SABOGAL                                                               ISAIAS GARZÓN ÁLVAREZ

Negociador                                                                                        Asesor

FECOTRASERVIPUBLICOS:

LEILA GARCÍA MOROS                                                                CARLOS ERNESTO RAMOS

Negociador                                                                                        Negociador

NELSON BARRERA MORALES                                                 RAFAEL HERRERA RODRÍGUEZ             

Negociador                                                                                        Asesor

CGT:

PERCY OYOLA PALOMÁ                                                            TULIO ROBERTO VARGAS PEDROZA

Presidente UTRADEC – Negociador                                            Negociador 

HORACIO BUSTAMANTE REYES                                                             JULIO ROBERTO GOMEZ ESGUERRA

Negociador                                                                                        Presidente CGT – Asesor 

UTRADEC:

YANETH DEL CARMEN LINARES B.                                        NICOLÁS A.  BOLAÑO GÓMEZ

Negociadora                                                                                      Negociador 

RICARDO ANTONIO VENEGAS SUÁREZ

Negociador

FENASER: 

RAUL ENRIQUE  GOMEZ VELASCO                                        RODRIGO CORREA MEZA

Negociador                                                                                        Negociador

LUIS GUILLLERMO GARCÍA CHAMORRO

Negociador

ISP:

JUAN DIEGO GÓMEZ VASQUEZ

Secretario Subregional Andino 

SUNET CUT:

CARLOS ERNESTO CASTAÑEDA RAVELO

Secretario técnico de la parte sindical

COMENTARIOS

Francisco Maltes Tello

En materia salarial el incremento es del 4.66% para este año retroactivo a 1 de enero, para el 2016 será la inflación causada más 1%, los entes territoriales mantienen la autonomía para concertar los salarios con las organizaciones sindicales. Este incremento es para 1.200 mil empleados públicos incluidos los docentes y las fuerzas militares.

A nivel central y descentralizados del orden territorial, a partir del 2016 se pagará la bonificación por servicios prestados a los empleados de los municipios, departamentos y distritos, así, 50% de la asignación básica a quienes ganan menos de 2 salarios y 35% a quienes ganan más de 2 salarios-

Se inicia un proceso de desmonte de las nóminas paralelas y formalización laboral en las entidades del orden nacional,  con la participación del movimiento sindical en todo el proceso, la primera entidad donde se formalizará será en Mintrabajo. (Así mismo, logramos incluir en el Plan Nacional de Desarrollo un artículo sobre ampliación de plantas de personal). Se realizará un pacto nacional por el trabajo decente entre órganos de control, partidos políticos, gobierno con la veeduría del movimiento sindical.

Se creará la carrera administrativa para las contralorías territoriales, la salud, y el sector de ciencia y tecnología.

Se acordó la modificar la Ley 909, así: para el nivel profesional en todas las carreras, se creará un cargo en la base de la escala salarial para el cual no se requiere experiencia; también para que en los concursos de ascenso se reserve el 30% de los cargos, para quienes laboran en las entidades.

Se comprometió el gobierno nacional  a presentar e impulsar en el Congreso de la República para su ratificación los convenios de la OIT 135,149, 156 y 183, en la segunda legislatura del presente año.

Se acordó que en los currículos de los cursos que imparte el SENA se incluirá un módulo sobre derechos humanos y  sindicales.

Se acordó que previo  al primero de mayo se deberá realizar en todas las entidades públicas conferencias, paneles y debates sobre la libertad sindical y negociación colectiva.

Se acordó modificar el decreto 160 para acercarlo al convenio 151 de la OIT.

También logramos importantes modificaciones en el PND  sobre la salud, la educación y el trabajo decente.

Invitamos a todas los sindicatos a realizar asambleas para explicar el presente acuerdo.

A todos gracias por su apoyo para la materialización de este acuerdo.

 

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