Bogotá, 6 de Febrero de 2015
El Gobierno colombiano ha reconocido el Convenio 162 de la OIT, mediante la Ley 436 de febrero 7 de 1998. Dicho Convenio es un “instrumento Internacional que tiene como fin la permisividad y el uso controlado del asbesto (Crisotilo)”. Con la ratificación del C-162 y el desarrollo de otras iniciativas normativas, se ha buscado darle cabal cumplimiento al propósito fundamental de dicho convenio como es el de procurar que la legislación nacional prescriba las medidas que habrá de adoptarse para prevenir y controlar los riesgos para la salud debidos a la exposición profesional al asbesto (Crisotilo) y para proteger a los trabajadores contra tales riesgos, revisando periódicamente dichas medidas a la luz de los progresos técnicos y del desarrollo de los conocimientos científicos, consultando a las organizaciones más representativas de empleadores y trabajadores interesadas acerca de las medidas que habrán de adoptarse para dar efecto a las disposiciones de dicho convenio. Uno de los instrumentos creados para estas consultas, fue la creación de la Comisión Nacional de salud Ocupacional del Sector Asbesto (Crisotilo) y otras fibras, en mayo de 2001, el cual tiene una conformación no solo tripartita sino multipartita al darle cabida también a sectores académicos y gremiales.
Reconocemos la controversia que puede existir sobre la existencia o no de umbrales para la exposición a sustancias cancerígenas y más cuando muchas de ellas, están presentes naturalmente en los ambientes generales y ocupacionales por ser recursos que provienen de la naturaleza como lo menciona la misma OIT en su Enciclopedia de Salud y Seguridad. La legislación Colombiana reconoce la existencia de valores límites permisibles para las diferentes sustancias incluidas los clasificados como cancerígenos y de acuerdo con la Resolución 2400 de 1979, nos remite a los valores que anualmente actualiza la Conferencia Americana de Higienistas Industriales Gubernamentales (ACGIH).
Hoy se ha establecido una guerra comercial entre el grupo ETEX en Colombia, con su empresa Skinco- Colombit, empresa que hoy promociona un producto de fibra Poli Vinilo Alcohol (PVA) y de celulosa que son las que comúnmente se proponen como alternativas, las cuales están bajo estudio de organizaciones internacionales de carcinogenicidad en animales, planteando una ofensiva publicitaria jurídica y comercial con el fin de que en Colombia no se siga trabajando con el asbesto (Crisotilo), materia prima utilizada en Eternit y así poder quedarse con el mercado dejando a más de doscientos mil trabajadores en la calle y de paso acabar con los derechos de los trabajadores y sus Convenciones Colectivas.
Hay que mencionar la existencia de una gran cantidad de materias primas que producen cáncer, entre otros como el carbón, el Cemento, los que trabajan con material radiactivo, los que trabajan con las pinturas, los que manipulan el oro que no son controladas ni hay políticas claras de su manejo.
Sutimac como representantes de un sector Sindical y como los mayores interesados porque trabajamos día a día con dicha fibra, velamos permanentemente no solo desde nuestra participación en los comités paritarios de Salud Ocupacional que funcionan en cada una de las empresas, sino también desde todos y cada uno de los puestos de trabajo, vigilando que se cumpla con las medidas de control y riesgo que han sido establecidas y que están definidas en nuestra legislación nacional. De esta manera, lo hemos expuesto en varios espacios sindicales nacionales e internacionales de carácter académico, en donde hemos reconocido nuestra participación en las mejoras obtenidas en dicha industria.
Nuestro sector Sindical ha participado con otras organizaciones académicas, empresariales y del sector gobierno, en el desarrollo de diferentes iniciativas que pretenden desarrollar una política pública para el control de las sustancias cancerígenas dentro de las cuales podemos destacar las siguientes: Reglamento Técnico para la Prevención del Cáncer Ocupacional en Colombia. Plan Nacional para la Prevención del Cáncer Ocupacional en Colombia. Sistema de Vigilancia Epidemiológica del Cáncer Ocupacional en Colombia (SIVECAO). Plan Nacional para la Prevención de la Silicosis, la Neumoconiosis de los Mineros del carbón y la Asbestosis. Reglamento Técnico para el uso del Crisotilo y otras fibras de uso similar en Condiciones de Seguridad. Reglamento para la prevención de la patología respiratoria en los trabajadores, relacionada con la exposición a polvo de sílice cristalina en fracción respirable en los ambientes de trabajo.
Consideramos que las medidas expedidas y especialmente con la Resolución 007/2011, la legislación nacional permite en nuestro sector, garantizar la salud y seguridad en el trabajo para quienes laboramos con fibra de crisotilo.
LUIS ALEJANDRO PEDRAZA FABIO ARIAS GIRALDO
Presidente CUT Secretario General CUT
OTONIEL RAMIREZ LOPEZ MANUEL DE JESUS FERNANDEZ
Presidente Sutimac Secretario General Sutimac