Doctor
JAIME GUILLERMO DÍAZ CHABUR
Gerente
Hospital San Blas II Nivel E.S.E.
Bogotá, D.C.
En nombre del Comité Ejecutivo reciba cordial saludo,
La CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES DE COLOMBIA-CUT, organización sindical de tercer grado más importante de Colombia, a la que se encuentra afiliada la organización sindical SINDISTRITALES con presencia en el Hospital San Blas; como defensora de garantías laborales de la población trabajadora del país, consagradas en la Constitución Política y en Convenios de la Organización Internacional del Trabajo se dirige a usted, amparada en el art. 23 de la Constitución Política con el fin de solicitar información sobre la planta de personal de la entidad.
Con el fin de velar por el respeto y progreso de los derechos laborales en Colombia, estamos interesados en conocer pormenores de la vinculación de los y las trabajadores en la entidad que usted dirige.
Conforme a lo anterior, la CUT de la manera más respetuosa pasa a formular las siguientes:
PETICIONES:
Se nos informe si actualmente la entidad está adelantando un estudio de cargas laborales u otro semejante.
Se nos detalle la forma en la que se está realizando tal/es estudio/s, quienes son las personas naturales o jurídicas encargadas de llevarlo a cabo, si se está realizando en virtud de un convenio se nos detalle el mismo (identificación, monto, duración, responsables, objetivos…).
Se nos informe si para efectos del estudio de cargas laborales se está teniendo en cuenta alguna organización u organizaciones sindicales y de ser así quienes son sus delegados y qué papel cumplen en el estudio.
Se nos informe cuál es el procedimiento del estudio de cargas que se esté adelantando, cómo lo realizarán, si ya se han reunido en qué oportunidades y con qué personas asistentes, cuáles han sido los avances del mismo y cuando esperan culminarlo.
Una vez concluido el estudio de cargas de trabajo que trámites administrativos siguen para el cumplimiento de las sentencias C-614 de 2009 y C-171 de 2012 de la Corte Constitucional.
Se nos informe si a quienes hoy laboran en el hospital sin contrato laboral pero cumpliendo funciones permanentes y/o misionales, se les está remunerando y dando garantías iguales ( i. derechos de asociación sindical, ii. pago de prestaciones sociales, iii. descansos remunerados, iv. derechos extralegales…) a los vinculados en la planta de personal.
Se nos especifique las diferencias reales en la remuneración, beneficios y garantías que recibe un contratista respecto de un trabajador de planta con funciones y cargo similar.
Se nos responda en el mismo orden y claridad con la cual formulamos las peticiones
Agradecemos la oportuna y completa información que nos puedan brindar como respuesta al presente derecho de petición.
De Usted, atentamente,
DOMINGO TOVAR ARRIETA
Presidente
LUIS ALEJANDRO PEDRAZA
Secretario General
FRANCISCO MALTES TELLO
Director Dpto. Sectores Sociales