{image}http://eldia.co/images/stories/050811/006.jpg{/image}El derecho de huelga en sector petrolero es una de las grandes deudas de la “democracia” colombiana. La posibilidad y el abuso de declaratoria de ilegalidad de la huelga, por parte del ministerio de la protección social, reitera la falta de garantías de protesta social que existen en el país.
Según el gobierno nacional, el sector minero-energético, particularmente el petrolero, es estratégico en su modelo de desarrollo económico, razón por la cual se permite guardar “el as” bajo la maga, que le permita reprimir la protesta en el plano nacional buscando el beneplácito del capital trasnacional.
Según Moisés Barón secretario de acta de la USO a nivel nacional, el derecho a la huelga en el sector petrolero es una vieja aspiración de los agremiados, el cual se ampara en los convenios y tratados internacionales, particularmente los convenios 87 y 89 de la OIT.
Barón recordó con en la huelga de 2004 se dieron sendos casos de persecución laboral y despidos, en el marco de la resolución No 116 del Ministerio de la Protección Social el cual declaro la ilegalidad de la huelga. Dado esto la organización sindical debió llevar el caso a los tribunales internacionales los cuales ratificaron la legalidad de la huelga y conminaron al gobierno colombiano a que modifique la normatividad interna del país que hace posible que, en el marco jurídico nacional, la huelga sea ilegal. También se llamo a que la determinación o no de ilegal de las manifestaciones no sea dada por el ministerio de la protección social sino por los Jueces, con el fin de mantener la independencia en tan sensibles decisiones.
Dada la negativa del gobierno a acatar la disposición de los organismos internacionales, la USO debió interponer una acción de tutela ante el Tribunal Superior de Cúcuta, el cual fallo a favor de los 50 trabajadores despedidos en 2004.
Por último, el líder sindical manifestó que si bien la sentencia T-171 de la Corte Constitucional exhorta al congreso de la republica para que en desarrollo del articulo 56 de la constitución política nacional actualice la legislación laboral, y se reglamente frente al sector de hidrocarburos sin violar el legitimo derecho de huelga, la correlación de fuerzas al interior del ente legislativo solo se da lugar al paquete legislativo de Santos.